lunes, 8 de octubre de 2012

Octava comunicación - nueva información que confunde al cliente

Y vuelve a fallar el carro, vuelven los engaños y ardides de ARMOTOR y KIA para confundir, engañar y despistar al cliente.

Otra vez llovió y otra vez los cauchos lamevidrios no retiraron el agua de las ventanas. Cuando llevé de nuevo el carro al taller para que intentaran arreglar otra vez este desperfecto me salieron con una perla adicional. Resulta ahora que estos cauchos en las ventanas del carro no tienen la función de quitar el agua de los vidrios!!!!

 Me han recibido el carro por lo menos tres veces para arreglar esta condición y hasta le cambiaron los cauchos y resulta ahora salen con que que la función que hacen no es la que supuse que hacían!! O sea, KIA y su concesionario ARMOTOR cambian partes que no tienen que cambiarse. Reciben carros para arreglarles lo que no está dañado!!!! Increíble!! Y lo mejor de todo, nunca le hacen claridad al cliente "su carro no tiene un desperfecto porque esa parte no hace la función que usted cree que hace" JAJAJAJAJA.

Estos de KIA y ARMOTOR son realmente caídos del zarzo. O le están ocultando información a  los clientes o no tienen ni idea de las funciones de las partes de los carros que venden y arreglan.

(algunos datos se han ocultado por seguridad)

El siguiente correo fue enviado el día 9 de octubre de 2012 directamente a:

Sandra Liliana Salinas <servicioalcliente@armotor.com> con copia a:

mercadeo@armotor.com,
 servicioalcliente@kia.com.co,
 marodriguez@kia.com.co,
 informacion@kia.com.co,
 Efrain Ospina <serviciope@armotor.com>




Cordial saludo Sandra

Luego de regresar de un largo viaje, el día viernes 5 de octubre conduje mi carro por la ciudad de Bogotá en condición de lluvia. Al estacionar e intentar limpiar el agua de los vidrios, mediante la maniobra de bajarlos y volverlos a subir, me di cuenta que de nuevo la función de los cauchos lamevidrios de retirar el agua de los vidrios no se está ejecutando. Me llamó la atención que solo la ventana delantera derecha retiraba el agua de las ventanas y el resto de ventanas no limpiaba el agua. Este evento es importante nombrarlo porque cuando retiré el vehículo el día 8 de septiembre de 2012, la única ventana en la que probé que el caucho lamevidrio retira el agua fue precisamente la delantera derecha.

Le escribo a usted en esta ocasión porque yo ya había solicitado que se arreglara este desperfecto de la función de limpieza del agua en los vidrios de las ventanas laterales del vehículo. Como bien lo detallé en los correos del 21 de agosto de 2012, 28 de agosto de 2012 y 12 de septiembre de 2012, en varias oportunidades el concesionario ARMOTOR ha dicho haber reparados y/o ajustado los empaques de caucho de las ventanas (cauchos lamevidrios) para corregir el hecho de que tales cauchos no limpian o retiran el agua de las ventanas del carro cuando se baja y vuelve a subir el vidrio de la ventana. Varias entradas a taller han tenido como sustento la petición mía como cliente de reparar y/o ajustar tales cauchos para que cumplan correctamente con la función de retirar el agua de los vidrios, y KIA y ARMOTOR la han aceptado y han recibido el vehículo para corregir el desperfecto. Eso me da a entender que en efecto han reconocido que el carro se encontraba en una condición no deseable de funcionamiento y lo recibieron para corregir tal condición (sin contar con que me mintieron habiéndome dicho que se había superado la situación cuando no fue así –ver correo del 21 de agosto de 2012-). Incluso, según el reporte “Control de Calidad Taller – Certificado de reparación” asociado a la Orden de Trabajo (OT) BOG 4638 dijeron haber cambiado los cuatro empaques (uno para cada ventana). (ver documento anexo “evidencia parte 7.pdf”, el cual ya se les había enviado).

El día sábado 6 de octubre de 2012 llevé el vehículo al taller de ARMOTOR de la calle 116 en Bogotá para que de nuevo solucionaran el desperfecto de no limpieza del agua. El señor Oscar Contreras, quien se identificó como el reemplazo del jefe de taller Julián Acevedo, recibió el carro. Ante él (y el señor Nelson Reyes, quien actuó como testigo) se comprobó que en tres de las cuatro ventanas laterales del carro, no se estaba retirando el agua del la ventana cuando se baja y vuelve  a subir el vidrio. Solo en la ventana delantera derecha se estaba cumpliendo la función de retirar el agua por parte del caucho lamevidrio.

En el proceso de recepción del vehículo, el señor Oscar Contreras realizó una llamada. Momento después me explicó que había hablado con su superior. Él le explicó a Oscar que la función de los empaques de caucho en las ventanas no es retirar el agua del vidrio, sino evitar la entrada de agua al interior de la puerta. Esta información me fue retransmitida por Oscar y quedó consignada en la orden de entrada del vehículo. Adicionalmente, le hice aclaración que es la primera vez que me indican que esa es la función de tales empaques de caucho. Estas dos situaciones quedaron consignadas en la hoja de entrada del vehículo al taller (documento evidencia parte 9.pdf).

Finalmente solicité que se reparara esta condición no deseable y que se realizara una prueba para verificar que no está entrando agua al interior de las puertas. Como bien lo hice notar en el correo del 21 de agosto de 2012, este tema me preocupa en tanto puede generarse óxido en el interior de la puerta o daño en el sistema eléctrico asociado si entra agua al interior de la puerta. El señor Oscar Contreras me indicó que me llamaría en el transcurso del día lunes 8 de octubre de 2012 para informarme el estado de la reparación y la fecha de entrega del vehículo. Finalmente, ni Oscar Contreras, ni KIA ni  ARMOTOR me llamaron el día 8 de octubre de 2012 como se me había informado. De nuevo me timaron con información de contacto para aclararme el estado de la revisión y reparación de mi vehículo.

Y en cuanto a esta novedad, me permito hacer las siguientes preguntas a ARMOTOR y KIA:

- ¿porqué se me informa hasta ahora que la función de los empaques de caucho de las ventanas no es retirar el agua?
- ¿porqué  si la función de los empaques de caucho de las ventanas no es retirar el agua han recibido el vehículo anteriormente cuando solicité arreglar esta condición? ¿porqué le cambiaron los cuatro empaques de caucho en las ventanas si es que con la nueva información se concluye que no debieron hacerlo? ¿KIA y/o ARMOTOR hacen cambio de partes que no se deben cambiar?
- ¿Por qué en el evento del 15 de agosto se empezó a desbaratar la puerta para intentar ajustar los empaques de caucho para que limpiaran el agua de las ventanas, si es que esta no es su función?
- ¿ porqué los empaques de caucho sí limpian agua en un vidrio y en otros no? ¿en un carro sí y en otros no?
-¿ porqué el jefe de taller Julián Acevedo o algún otro funcionario no me explicó esta función de tales empaques antes? Encuentro incongruente la información dada a último momento (sábado 6 de octubre de 2012) en contraposición del conocimiento de la situación que han tenido los conocedores de los hechos.

Si tomo como cierta la nueva información dada el día sábado 6 de octubre de 2012 sobre la función de los cauchos lamevidrios puedo comprender que me encuentro ante una de las siguientes situaciones:

1. que quienes han conocido el caso de mi vehículo y que hacen parte del equipo de mantenimiento, sabían acerca de la función de los cauchos lamevidrios y deliberadamente no me informaron adecuadamente antes, a lo que me surgen dudas ¿porqué recibieron entonces el vehículo y le hicieron cambio de partes para subsanar un malfuncionamiento que en realidad no es una falla? ¿porqué le ocultaron información al cliente y no le explicaron antes para ahorrarle perder tiempo yendo al taller a solicitar la reparación de algo que no se considera una falla? ¿porqué no le dieron información de manera oportuna tal como lo indica el artículo 23 de la ley 1480 de 2011?

2. que quienes han conocido el caso de mi vehículo y que hacen parte del equipo de mantenimiento, en realidad no sabían acerca de la función de los cauchos lamevidrios y solo hasta ahora el jefe del señor Oscar Contreras es quien da claridad en el tema. De acuerdo con lo expresado por la señora Maria Camila Urzola –Jefe de Mercadeo de Bogotá (y según consta en el correo que les envié el 9 de julio de 2012 ) todo el personal de mantenimiento es especializado y entrenado en la adecuada reparación y mantenimiento de los vehículos. Esto incluye conocer la función de las partes que se reparan.  Entonces ¿cómo puedo confiar en el mantenimiento que KIA y ARMOTOR le dan a mi vehículo como proceso de garantía y de tenencia general si ni siquiera saben para qué sirven las partes y sistemas que lo componen?¿cómo me responden por la garantía de un vehículo del cual no conocen bien las funciones de las partes? ¿indica esto que no cumplen con la obligación 7 del  artículo 11 de la ley 1480 de 2011 en cuanto a la disponibilidad de mano de obra calificada para cumplir con la garantía a la que tengo derecho?

En realidad esta nueva información genera confusión en mí como cliente y encuentro preocupante la situación de la nueva información que se me ha dado luego de varias ocasiones en las que se me habría podido clarificar la real función de los empaques de caucho de los vidrios (cauchos lamevidrios).

Como complemento a lo anotado en el correo enviado a ustedes el 12 de septiembre, recalco que el día 8 de septiembre de 2012, se me indicó que al vehículo se le habían cambiado 5 partes pero no se me entregaron o mostraron las piezas supuestamente cambiadas (siendo cuatro de estas piezas los cauchos  lamevidrios). Este hecho constituye un incumplimiento al artículo 12 de la ley 1480 de 2011.


Finalmente, le recuerdo que ni ARMOTOR ni KIA han respondido las preguntas que les he realizado en los correos anteriores y comedidamente vuelvo a solicitar respuesta a mis requerimientos de información y respuesta a mis preguntas expresadas en las comunicaciones anteriores enviadas a KIA y a ARMOTOR por cuanto no han sido respondidas y a que tengo el derecho a que sean respondidas.  Continúo a la espera de las respuestas a mis preguntas hechas en las comunicaciones enviadas a ustedes y con la esperanza de recibir también respuesta a las preguntas hechas en el presente correo.

Cordialmente,

Christian Reyes

Nota:
Para fines de verificación, los datos del señor Nelson Reyes son:
Celular: xxx  xxx xx xx
Teléfono: xxx xxxx ext. xxxxx
c.c. XXXXXX



datos adjuntos:
evidencia parte 7.pdf
evidencia parte 9.pdf

Las imágenes de los archivos adjuntos son:



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