Otra vez llovió y otra vez los cauchos lamevidrios no retiraron el agua de las ventanas. Cuando llevé de nuevo el carro al taller para que intentaran arreglar otra vez este desperfecto me salieron con una perla adicional. Resulta ahora que estos cauchos en las ventanas del carro no tienen la función de quitar el agua de los vidrios!!!!
Me han recibido el carro por lo menos tres veces para arreglar esta condición y hasta le cambiaron los cauchos y resulta ahora salen con que que la función que hacen no es la que supuse que hacían!! O sea, KIA y su concesionario ARMOTOR cambian partes que no tienen que cambiarse. Reciben carros para arreglarles lo que no está dañado!!!! Increíble!! Y lo mejor de todo, nunca le hacen claridad al cliente "su carro no tiene un desperfecto porque esa parte no hace la función que usted cree que hace" JAJAJAJAJA.
Estos de KIA y ARMOTOR son realmente caídos del zarzo. O le están ocultando información a los clientes o no tienen ni idea de las funciones de las partes de los carros que venden y arreglan.
(algunos datos se han ocultado por seguridad)
El siguiente correo fue enviado el día 9 de octubre de 2012 directamente a:
Sandra Liliana Salinas <servicioalcliente@armotor.com> con copia a:
mercadeo@armotor.com,
servicioalcliente@kia.com.co,
marodriguez@kia.com.co,
informacion@kia.com.co,
Efrain Ospina <serviciope@armotor.com>
Cordial saludo Sandra
Luego de regresar de un largo viaje,
el día viernes 5 de octubre conduje mi carro por la ciudad de Bogotá en
condición de lluvia. Al estacionar e intentar limpiar el agua de los vidrios,
mediante la maniobra de bajarlos y volverlos a subir, me di cuenta que de nuevo
la función de los cauchos lamevidrios de retirar el agua de los vidrios no se
está ejecutando. Me llamó la atención que solo la ventana delantera derecha retiraba
el agua de las ventanas y el resto de ventanas no limpiaba el agua. Este evento
es importante nombrarlo porque cuando retiré el vehículo el día 8 de septiembre
de 2012, la única ventana en la que probé que el caucho lamevidrio retira el
agua fue precisamente la delantera derecha.
Le escribo a usted en esta
ocasión porque yo ya había solicitado que se arreglara este desperfecto de la
función de limpieza del agua en los vidrios de las ventanas laterales del
vehículo. Como bien lo detallé en los correos del 21 de agosto de 2012, 28 de
agosto de 2012 y 12 de septiembre de 2012, en varias oportunidades el
concesionario ARMOTOR ha dicho haber reparados y/o ajustado los empaques de
caucho de las ventanas (cauchos lamevidrios) para corregir el hecho de que tales
cauchos no limpian o retiran el agua de las ventanas del carro cuando se baja y
vuelve a subir el vidrio de la ventana. Varias entradas a taller han tenido
como sustento la petición mía como cliente de reparar y/o ajustar tales cauchos
para que cumplan correctamente con la función de retirar el agua de los
vidrios, y KIA y ARMOTOR la han aceptado y han recibido el vehículo para corregir
el desperfecto. Eso me da a entender que en efecto han reconocido que el carro
se encontraba en una condición no deseable de funcionamiento y lo recibieron
para corregir tal condición (sin contar con que me mintieron habiéndome dicho
que se había superado la situación cuando no fue así –ver correo del 21 de
agosto de 2012-). Incluso, según el reporte “Control de Calidad Taller –
Certificado de reparación” asociado a la Orden de Trabajo (OT) BOG 4638 dijeron
haber cambiado los cuatro empaques (uno para cada ventana). (ver documento
anexo “evidencia parte 7.pdf”, el cual
ya se les había enviado).
El día sábado 6 de octubre de
2012 llevé el vehículo al taller de ARMOTOR de la calle 116 en Bogotá para que
de nuevo solucionaran el desperfecto de no limpieza del agua. El señor Oscar
Contreras, quien se identificó como el reemplazo del jefe de taller Julián
Acevedo, recibió el carro. Ante él (y el señor Nelson Reyes, quien actuó como
testigo) se comprobó que en tres de las cuatro ventanas laterales del carro, no
se estaba retirando el agua del la ventana cuando se baja y vuelve a subir el vidrio. Solo en la ventana
delantera derecha se estaba cumpliendo la función de retirar el agua por parte
del caucho lamevidrio.
En el proceso de recepción del
vehículo, el señor Oscar Contreras realizó una llamada. Momento después me
explicó que había hablado con su superior. Él le explicó a Oscar que la función
de los empaques de caucho en las ventanas no es retirar el agua del vidrio,
sino evitar la entrada de agua al interior de la puerta. Esta información me
fue retransmitida por Oscar y quedó consignada en la orden de entrada del
vehículo. Adicionalmente, le hice aclaración que es la primera vez que me
indican que esa es la función de tales empaques de caucho. Estas dos
situaciones quedaron consignadas en la hoja de entrada del vehículo al taller (documento evidencia parte 9.pdf).
Finalmente solicité que se
reparara esta condición no deseable y que se realizara una prueba para
verificar que no está entrando agua al interior de las puertas. Como bien lo
hice notar en el correo del 21 de agosto de 2012, este tema me preocupa en
tanto puede generarse óxido en el interior de la puerta o daño en el sistema
eléctrico asociado si entra agua al interior de la puerta. El señor Oscar
Contreras me indicó que me llamaría en el transcurso del día lunes 8 de octubre
de 2012 para informarme el estado de la reparación y la fecha de entrega del
vehículo. Finalmente, ni Oscar Contreras, ni KIA ni ARMOTOR me llamaron el día 8 de octubre de
2012 como se me había informado. De nuevo me timaron con información de
contacto para aclararme el estado de la revisión y reparación de mi vehículo.
Y en cuanto a esta novedad, me
permito hacer las siguientes preguntas a ARMOTOR y KIA:
- ¿porqué se me informa hasta
ahora que la función de los empaques de caucho de las ventanas no es retirar el
agua?
- ¿porqué si la función de los empaques de caucho de
las ventanas no es retirar el agua han recibido el vehículo anteriormente
cuando solicité arreglar esta condición? ¿porqué le cambiaron los cuatro
empaques de caucho en las ventanas si es que con la nueva información se concluye que no debieron hacerlo? ¿KIA y/o ARMOTOR hacen cambio de partes que no se
deben cambiar?
- ¿Por qué en el evento del 15 de
agosto se empezó a desbaratar la puerta para intentar ajustar los empaques de caucho
para que limpiaran el agua de las ventanas, si es que esta no es su función?
- ¿ porqué los empaques de caucho
sí limpian agua en un vidrio y en otros no? ¿en un carro sí y en otros no?
-¿ porqué el jefe de taller Julián
Acevedo o algún otro funcionario no me explicó esta función de tales empaques
antes? Encuentro incongruente la información dada a último momento (sábado 6 de
octubre de 2012) en contraposición del conocimiento de la situación que han
tenido los conocedores de los hechos.
Si tomo como cierta la nueva
información dada el día sábado 6 de octubre de 2012 sobre la función de los
cauchos lamevidrios puedo comprender que me encuentro ante una de las siguientes
situaciones:
1. que quienes han conocido el
caso de mi vehículo y que hacen parte del equipo de mantenimiento, sabían acerca
de la función de los cauchos lamevidrios y deliberadamente no me informaron adecuadamente
antes, a lo que me surgen dudas ¿porqué recibieron entonces el vehículo y le
hicieron cambio de partes para subsanar un malfuncionamiento que en realidad no
es una falla? ¿porqué le ocultaron información al cliente y no le explicaron
antes para ahorrarle perder tiempo yendo al taller a solicitar la reparación de
algo que no se considera una falla? ¿porqué no le dieron información de manera
oportuna tal como lo indica el artículo 23 de la ley 1480 de 2011?
2. que quienes han conocido el
caso de mi vehículo y que hacen parte del equipo de mantenimiento, en realidad
no sabían acerca de la función de los cauchos lamevidrios y solo hasta ahora el
jefe del señor Oscar Contreras es quien da claridad en el tema. De acuerdo con
lo expresado por la señora Maria Camila Urzola –Jefe de Mercadeo de Bogotá (y
según consta en el correo que les envié el 9 de julio de 2012 ) todo el
personal de mantenimiento es especializado y entrenado en la adecuada
reparación y mantenimiento de los vehículos. Esto incluye conocer la
función de las partes que se reparan. Entonces ¿cómo puedo confiar en el
mantenimiento que KIA y ARMOTOR le dan a mi vehículo como proceso de garantía y
de tenencia general si ni siquiera saben para qué sirven las partes y sistemas
que lo componen?¿cómo me responden por la garantía de un vehículo del cual no
conocen bien las funciones de las partes? ¿indica esto que no cumplen con la obligación
7 del artículo 11 de la ley 1480 de 2011
en cuanto a la disponibilidad de mano de obra calificada para cumplir con la
garantía a la que tengo derecho?
En realidad esta nueva
información genera confusión en mí como cliente y encuentro preocupante la
situación de la nueva información que se me ha dado luego de varias ocasiones
en las que se me habría podido clarificar la real función de los empaques de
caucho de los vidrios (cauchos lamevidrios).
Como complemento a lo anotado en
el correo enviado a ustedes el 12 de septiembre, recalco que el día 8 de
septiembre de 2012, se me indicó que al vehículo se le habían cambiado 5 partes
pero no se me entregaron o mostraron las piezas supuestamente cambiadas (siendo
cuatro de estas piezas los cauchos lamevidrios). Este hecho constituye un
incumplimiento al artículo 12 de la ley 1480 de 2011.
Finalmente, le recuerdo que ni ARMOTOR
ni KIA han respondido las preguntas que les he realizado en los correos
anteriores y comedidamente vuelvo a solicitar respuesta a mis requerimientos de
información y respuesta a mis preguntas expresadas en las comunicaciones
anteriores enviadas a KIA y a ARMOTOR por cuanto no han sido respondidas y a
que tengo el derecho a que sean respondidas. Continúo a la espera de las respuestas a mis
preguntas hechas en las comunicaciones enviadas a ustedes y con la esperanza de
recibir también respuesta a las preguntas hechas en el presente correo.
Cordialmente,
Christian Reyes
Nota:
Para fines de verificación, los datos del señor Nelson Reyes son:
Celular: xxx xxx xx xxTeléfono: xxx xxxx ext. xxxxxc.c. XXXXXX
datos adjuntos:
evidencia parte 7.pdf
evidencia parte 9.pdf
Las imágenes de los archivos adjuntos son:








